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Firma Electrónica

Relación de sistemas de firma electrónica admitidos o utilizados en la sede electrónica del CDTI.

Con carácter general, se admiten los siguientes sistemas de firma:

  • Sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas.
  • Sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por las Administraciones Públicas. Para conocer más detalles puede visitar esta página.
  • Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.

ADVERTENCIA. La presentación de solicitudes de préstamos para la realización de proyectos de I+D+i de carácter individual deberá realizarse obligatoriamente mediante un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basada en un certificado electrónico de persona jurídica o de representante.

Para obtener información sobre qué es la firma electrónica, cómo puede obtenerse, quién puede proporcionarla, cómo y cuándo debe utilizarla acceda a la información que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) pone a su disposición a través de CERES (Certificación Española), y sobre el certificado de representante, a través del siguiente enlace.